Senado aprueba nuevo delito por facturación falsa: 2 a 9 años de cárcel y prisión preventiva
Por EDITOR Octubre 29, 2025 55
El Senado de la República aprobó la reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) que tipifica como delito la emisión o recepción de comprobantes fiscales falsos, con penas de dos a nueve años de prisión y prisión preventiva oficiosa. La modificación se adiciona al artículo 113-Bis y aplica tanto a emisores como a receptores de estos CFDI falsos.
Luis Pérez de Acha, especialista en derecho fiscal, explicó que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet deberán amparar operaciones existentes y actos jurídicos reales. Aquellos comprobantes que no cumplan con este requisito se calificarán como “CFDIs falsos” y quienes los utilicen podrán enfrentar el nuevo tipo penal. Desde enero de 2025, cualquier actividad relacionada con facturación falsa ya contempla prisión preventiva oficiosa, en línea con la reforma al artículo 19 de la Constitución de 2024.
Las llamadas “factureras” o Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) buscan evadir impuestos, lavar dinero o desviar recursos. Actualmente, México registra 11,067 EFOS. Con la reforma, la sanción también se aplicará a quienes reciban comprobantes falsos. Si la autoridad detecta un CFDI falso de un contribuyente, todos sus demás comprobantes podrían considerarse falsos automáticamente, y se podrían suspender temporal o definitivamente sus certificados de sello digital.
Para ejercer la acción penal, la autoridad fiscal deberá presentar una querella ante el Ministerio Público. Grisel Galeano, titular de la Procuraduría Fiscal de la Federación, destacó que en los últimos tres años se han presentado 59 denuncias por factureras ante la FGR, reforzando la vigilancia sobre estas prácticas.


