TEPJF invalida boletas sin doblez y obliga al INE a cambiar sus reglas
Por EDITOR Octubre 8, 2026 40
La Sala Superior determinó por unanimidad que las llamadas “boletas planchadas” no pueden incorporarse al cómputo cuando se acredite que carecen de las marcas necesarias para haber sido introducidas en la urna.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar sus lineamientos para que las boletas sin marcas de doblez, conocidas como “boletas planchadas”, no sean contabilizadas como votos cuando se acredite esa condición. La decisión fue aprobada por unanimidad y revoca parcialmente el acuerdo emitido por el INE para los cómputos del proceso electoral federal 2026-2027.
El criterio modifica el tratamiento que el INE había establecido para estas papeletas. La discusión surgió porque los lineamientos permitían que los consejos distritales analizaran las condiciones en que aparecieran las boletas sin dobleces y determinaran si podían incorporarse al cómputo. El TEPJF concluyó que, una vez acreditada la ausencia de las marcas de doblez necesarias, esas boletas no pueden formar parte de la votación contabilizada.
El magistrado Felipe de la Mata Pizaña, ponente del asunto, sostuvo que la emisión del sufragio contempla una secuencia material: recibir la boleta, marcarla, doblarla y depositarla en la urna. La Sala consideró que las dimensiones de la papeleta y de la ranura de la urna hacen necesario el doblez y que su ausencia impide establecer objetivamente que la boleta fue introducida mediante el procedimiento previsto para votar.
La resolución establece que la revisión corresponderá, como regla general, a las mesas directivas de casilla. Si durante el escrutinio y cómputo se detectan boletas sin las marcas correspondientes, deberá asentarse el hallazgo en la hoja de incidentes, las papeletas deberán mantenerse separadas de los votos computados y no podrán incorporarse a la suma de resultados.
De manera excepcional, los consejos distritales podrán intervenir cuando las boletas sean identificadas durante un nuevo escrutinio y cómputo. En ese escenario también deberán quedar fuera de la votación computada y conservarse separadas de las papeletas consideradas válidas.
El antecedente que llevó el tema al centro de la discusión se encuentra en la elección judicial de 2025, cuando fueron detectadas boletas con estas características dentro de paquetes electorales, particularmente en Chiapas. El propio INE terminó invalidando los votos de poco más de 400 casillas relacionadas con ese problema.
La controversia llegó al TEPJF mediante el SUP-JDC-473/2026 y recursos acumulados, promovidos contra los lineamientos del INE para los cómputos del proceso electoral 2026-2027. La resolución obliga ahora al instituto a adecuar su normativa antes de la jornada electoral del 6 de junio de 2027, cuando se renovarán las 500 diputaciones federales y concurrirán elecciones locales.
El fondo de la decisión no es determinar quién introdujo una boleta sin doblez, sino establecer qué tratamiento debe recibir una papeleta cuya condición física impide acreditar que siguió el procedimiento legal de emisión del voto. El nuevo criterio coloca la trazabilidad física de la boleta como un elemento de control en el cómputo electoral y obliga al INE a ajustar sus reglas para evitar que una papeleta cuya introducción regular no pueda acreditarse altere el resultado de una elección.
Compartir
Auditoría detecta anomalías por 592 mdp en becas Benito Juárez



