SCJN tumba cobros municipales; ayuntamientos deberán dejar de exigirlos
Por EDITOR Julio 20, 2026 102
La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la invalidez de diversas disposiciones contenidas en las Leyes de Ingresos de municipios de Michoacán y Chihuahua, al concluir que varios cobros municipales no cumplen con los principios constitucionales que rigen las contribuciones. La decisión obliga a las autoridades locales a suspender su aplicación mientras los congresos estatales corrigen la legislación.
Las resoluciones corresponden a las Acciones de Inconstitucionalidad 10/2026 y 24/2026, promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. En ambos casos, el Tribunal Pleno declaró fundadas las acciones y ordenó la invalidez de diversos artículos de las leyes de ingresos municipales.
La sentencia de la Acción de Inconstitucionalidad 10/2026 establece que “las autoridades competentes no podrán exigir los cobros declarados inválidos”, una vez notificados los puntos resolutivos. Además, concede al Congreso correspondiente un plazo de 60 días naturales para corregir las deficiencias detectadas por la Corte.
En el caso de la Acción de Inconstitucionalidad 24/2026, la Corte también declaró procedente y fundada la demanda, invalidó los artículos impugnados y ordenó que la resolución produzca efectos desde la notificación al Congreso estatal, para evitar que continúen aplicándose disposiciones contrarias a la Constitución.
Las resoluciones forman parte del criterio sostenido por la Suprema Corte para impedir que los municipios establezcan derechos o tarifas sin parámetros claros o mediante disposiciones que generen incertidumbre para los contribuyentes. Aunque cada sentencia analiza normas específicas, ambas reafirman que las leyes fiscales municipales deben respetar los principios de legalidad, proporcionalidad y certeza jurídica.
La publicación en el Diario Oficial de la Federación da publicidad nacional a las ejecutorias y obliga a las autoridades involucradas a acatar sus efectos. Para los municipios afectados, el impacto inmediato es que los cobros invalidados deberán suspenderse hasta que los congresos locales aprueben nuevas disposiciones acordes con los criterios fijados por la Corte.
¿POR QUÉ IMPORTA?
La decisión no sólo corrige leyes locales. También impide que ciudadanos y empresas paguen contribuciones sustentadas en normas que la Suprema Corte consideró inconstitucionales. Además, envía un mensaje a los congresos estatales: las leyes de ingresos municipales deberán diseñarse con mayor precisión jurídica para evitar nuevas invalidaciones.


