México flexibiliza el acceso de textiles colombianos
Por EDITOR Agosto 12, 2026 19
México y Colombia extendieron durante un año una excepción a las reglas de origen de su tratado comercial que permitirá que determinados textiles y prendas fabricados en Colombia utilicen algunos materiales provenientes de fuera de la zona de libre comercio y, aun así, conserven el trato arancelario preferencial al ingresar a México. 12082026-MAT.pdf
La medida responde a un problema concreto de abasto. El Comité de Integración Regional de Insumos determinó que los productores no podían disponer en condiciones comerciales normales de determinados materiales en términos de oportunidad, volumen, calidad y precio. A partir de ese dictamen, la Comisión Administradora del tratado aprobó la prórroga de la dispensa. 12082026-MAT.pdf
La decisión fue adoptada el 21 de julio y estará vigente del 22 de julio de 2026 al 21 de julio de 2027. En términos prácticos, México mantiene durante ese periodo una vía para que ciertos productos textiles colombianos puedan conservar las preferencias comerciales aunque incorporen insumos que normalmente quedarían fuera de las reglas de origen del acuerdo. 12082026-MAT.pdf
El alcance está delimitado. La decisión comprende determinados bienes textiles y del vestido elaborados totalmente en Colombia, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos por las reglas de origen y las condiciones del tratado. Entre las mercancías contempladas se encuentran diferentes tipos de tejidos, prendas y productos textiles clasificados en las subpartidas especificadas por la propia decisión. 12082026-MAT.pdf
La excepción también tiene límites físicos. Para los insumos autorizados se establecieron cantidades máximas. Entre ellos aparecen 3 mil kilogramos de poliamida 6.6 y 3 mil 600 kilogramos de elastano, materiales utilizados en la fabricación de determinados productos textiles. 12082026-MAT.pdf
El mecanismo no elimina los controles comerciales. Los productos beneficiados permanecen sujetos a los mecanismos de verificación y certificación del tratado. Además, el certificado de origen deberá señalar expresamente que la mercancía utilizó la dispensa y especificar el material empleado y su cantidad. 12082026-MAT.pdf
La propia decisión establece que “México podrá solicitar a la República de Colombia” información para comprobar que la dispensa fue utilizada correctamente. Esto mantiene un mecanismo de vigilancia sobre las operaciones y evita que la excepción se convierta en una autorización abierta para utilizar cualquier insumo externo. 12082026-MAT.pdf
Para los productores colombianos, el beneficio es directo: pueden mantener acceso preferencial al mercado mexicano pese a las dificultades para conseguir determinados insumos dentro de la región comercial. Para los importadores mexicanos, la medida puede facilitar la continuidad de determinadas cadenas de suministro y evitar que la falta de materiales termine encareciendo o interrumpiendo operaciones.
Para México, la decisión también tiene una lectura estratégica. No se trata de modificar de manera permanente las reglas de origen del tratado, sino de utilizar una herramienta prevista en el propio acuerdo para resolver temporalmente una falla de suministro. La excepción queda condicionada a productos, materiales y cantidades específicas y tiene una fecha de vencimiento definida.
El punto relevante para las empresas será lo que ocurra después de julio de 2027. La decisión contempla que cualquier solicitud de prórroga o aumento de los montos deberá tramitarse conforme al tratado y al reglamento de operación del Comité de Integración Regional de Insumos. 12082026-MAT.pdf
La lectura estratégica es que México está privilegiando la continuidad del comercio bilateral frente a una restricción de suministro que podía afectar la competitividad de determinados productos textiles. La flexibilidad, sin embargo, permanece acotada: no cambia las reglas de origen para todo el comercio, sino que abre una excepción temporal y vigilada para determinados insumos y mercancías.
Para consumidores y empresas mexicanas, el efecto no necesariamente será visible de inmediato en los precios, pero sí puede contribuir a mantener una mayor variedad y continuidad de productos textiles provenientes de Colombia. Para los fabricantes y comercializadores, el beneficio más importante está en evitar que una limitación de insumos termine convirtiéndose en una barrera para aprovechar las preferencias comerciales del tratado.
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