LA CORTE BLINDA EL TOPE A RENTAS EN CDMX Y ACOTA EL REGISTRO DIGITAL

Por EDITOR Febrero 25, 2026 50

La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó el límite al incremento de rentas en la Ciudad de México, al declarar constitucional el artículo 2448 D del Código Civil local, que establece que el aumento anual no podrá superar la inflación reportada por el Banco de México el año previo.

 

El máximo tribunal determinó que esta medida es legítima para proteger el derecho a una vivienda adecuada y frenar incrementos desproporcionados que detonen procesos de gentrificación. Al mismo tiempo, precisó que el tope no vulnera la libertad contractual ni el derecho de propiedad, ya que propietarios e inquilinos pueden pactar libremente el monto inicial y las condiciones del contrato.

 

En el mismo fallo, la Corte avaló la creación del Registro Digital de Contratos de Arrendamiento, pero delimitó el alcance de la información que podrá recabarse. Solo se permitirá registrar el monto de la renta, el incremento pactado, así como la colonia y alcaldía del inmueble.

 

Quedarán excluidos datos como la descripción detallada del inmueble, lugar de pago, garantías y duración del contrato. El objetivo será exclusivamente generar estadísticas para evaluar la asequibilidad del mercado habitacional, bajo estrictos estándares de confidencialidad y protección de datos personales.

 

La resolución marca un precedente en el equilibrio entre regulación del mercado inmobiliario y derechos constitucionales en la capital del país.

 

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