Ley Ingrid
Por EDITOR Febrero 23, 2021 13
El Congreso de la Ciudad de México aprobó la “Ley Ingrid”, que implica modificar el Código Penal para tipificar y sancionar a las personas servidoras públicas que difundan imágenes o información de procedimientos penales.
https://twitter.com/Congreso_CdMex/status/1364313158035279874?s=20
“Con el objetivo de sancionar penalmente a la persona servidora pública que de forma indebida difunda información reservada o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo relacionado con algún procedimiento penal, el Congreso de la Ciudad de México aprobó dictamen para reformar el Código Penal local”, señaló el Congreso mediante un comunicado.
Con esta adición del Artículo 293 Quáter, se podría imponer de dos a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización a quien de forma indebida difunda, “entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos, con uno o varios hechos señalados por la Ley como delitos”.
Adicionalmente, se precisó que las sanciones aumentarán en una tercera parte si la información se difunde “con el fin de menoscabar la dignidad de las víctimas o de sus familiares; se trate de cadáveres de mujeres, niñas, o adolescentes, o sea de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o del estado de salud de la víctima”.
El presidente de la Comisión de Administración de Justicia, el diputado Eduardo Santillán Pérez por MORENA, destacó la importancia de la reforma que “busca proteger los derechos de víctimas, en especial de las mujeres”. El diputado señaló que esto permitirá que las personas servidoras públicas “no filtren imágenes o videos de manera ilegal o se comercialicen”.
“La vida de una persona que ha sido violentada o su forma de muerte, nunca debe ser causa para su revictimización o agravar aún más el daño causado, tanto a los que lo sufren como a los familiares y comunidad que les rodea”, destacó el dictamen.
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